Tanto la Fecundación in Vitro (FIV) como el método ROPA son dos de los tratamientos más solicitados en nuestras clínicas VITA y los que más interés suscitan entre las búsquedas de reproducción asistida. Hablamos de dos procedimientos con varios aspectos en común, pero con una diferencia notable en su desarrollo y sobre todo en el resultado final.

La Dra. Verónica Legidos, ginecóloga especialista en medicina reproductiva, explica las diferencias entre ambos métodos de la siguiente manera: “La diferencia entre el tratamiento de Fecundación in Vitro convencional y el método ROPA es que en la FIV la que estimula los ovarios con medicación hormonal para extraer los óvulos, fecundarlos en el laboratorio y transferirse el embrión, lo hace todo la misma persona.

Sin embargo, en el caso del método ROPA, una de las pacientes estimula los ovarios para extraer los óvulos en punción ovárica, esos óvulos se fecundan, y el embrión generado se lo transferimos en el útero de la otra mujer. Participan las dos pacientes, una aportando los óvulos y otra recibiendo el embrión”.


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¿Qué significa que participen ambas mujeres?

El método ROPA está diseñado para parejas de mujeres, e implica que a una de ellas se le realiza la estimulación ovárica para extraer sus óvulos y fecundarlos. Mientras que la otra recibe en su útero el embrión originado para así gestar el embarazo.

Por lo tanto, una mujer de la pareja será la madre genética y la otra mujer será la madre gestante.

Maternidad compartida a efectos legales

Desde el año 2005, el método ROPA es legal en España para que parejas de mujeres casadas pueden tener un hijo sin tener que adoptar.

Según la legislación española, “Toda mujer mayor de 18 años y con plena capacidad de obrar podrá ser receptora o usuaria de las técnicas reguladas en esta Ley con independencia de su estado civil y orientación sexual”.

A efectos legales, se permite la inscripción de la doble maternidad en el Registro Civil, por lo que los niños nacidos mediante el método ROPA realizado entre un matrimonio de mujeres serán hijos de dos madres a efectos legales, siempre y cuando ambas mujeres estén casadas.

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